Las medidas de custodia establecidas tras un proceso de separación o divorcio no son definitivas. A lo largo del tiempo, las circunstancias personales, familiares o económicas de las partes pueden cambiar, haciendo necesario ajustar estas disposiciones para garantizar el bienestar del menor En este artículo, vamos a explicarte en qué situaciones es posible solicitar este cambio, qué normativa lo regula y cómo puedes llevarlo a cabo de manera efectiva.
¿Qué son las medidas de custodia y dónde se regulan?
Las medidas de custodia hacen referencia al régimen establecido por un juez para determinar con quién residirán los hijos menores tras una separación o divorcio. En España, este régimen puede ser custodia compartida, cuando ambos progenitores comparten de forma equilibrada el tiempo con los hijos, o custodia exclusiva, donde uno de los progenitores asume la convivencia principal con los menores, mientras que el otro tiene un régimen de visitas.
Estas medidas se regulan principalmente en el Código Civil (CC), en sus artículos 90, 91 y 92. El artículo 90 en su apartado tercero establece que estas disposiciones pueden modificarse si así lo aconsejan las nuevas necesidades de los hijos o si surgen circunstancias nuevas que así lo justifican, siempre velando por el interés superior del menor.
¿Cuándo procede la modificación de medidas de custodia?
La modificación de las medidas de custodia es un proceso legal que permite ajustar las condiciones previamente establecidas respecto a la custodia de los hijos menores de edad.
Según el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), la modificación de las medidas de custodia procede cuando se produce un cambio sustancial en las circunstancias que motivaron la resolución inicial. Este cambio debe ser relevante, permanente y demostrable, y puede estar relacionado tanto con la situación del menor como con la de los progenitores.
Esta modificación no es automática. Para que un juez acepte revisar estas medidas, es necesario demostrar que han surgido esos cambios sustanciales en las circunstancias personales, económicas o sociales de los padres o del hijo.
Ejemplos de circunstancias que justifican una modificación
Algunos ejemplos comunes son:
- Cambio en las necesidades del menor: Si el hijo requiere una atención especial debido a enfermedades, cambios en su escolarización o desarrollo emocional, esto puede justificar la modificación.
- Cambio en la situación laboral de los progenitores: Si uno de los padres cambia de trabajo, pierde su empleo o tiene horarios que afectan su capacidad de atender al menor.
- Cambio de residencia: Si uno de los progenitores se muda a otra localidad, esto puede afectar el régimen de custodia o visitas.
- Incumplimiento del régimen actual: Si uno de los padres no cumple con las medidas de custodia o visitas, el otro progenitor puede solicitar un cambio.
- Situaciones de riesgo para el menor: Si el entorno de uno de los progenitores supone un riesgo físico o emocional para el menor, el juez puede modificar las medidas.
- Deseo del menor: A partir de los 12 años, los jueces pueden considerar la opinión del menor respecto a su custodia, siempre que sea razonable y adecuada a su madurez.
Es importante subrayar que estos cambios deben ser sustanciales, relevantes y permanentes.
¿Cómo solicitar la modificación de las medidas de custodia?
El proceso para solicitar la modificación de medidas de custodia sigue una serie de pasos:
Preparar la documentación necesaria
Antes de presentar la solicitud, es importante reunir pruebas que acrediten los cambios en las circunstancias. Por ejemplo:
- Informes médicos, escolares o psicológicos.
- Contratos de trabajo o certificados de empadronamiento.
- Testimonios de terceros si fuera necesario.
Interponer una demanda de modificación de medidas
El progenitor interesado debe ponerse en contacto con un abogado que le asesore sobre su caso particular.
Una vez estudiado su caso, se deberá presentar la demanda de modificación de medidas ante el Juzgado de Familia que dictó la sentencia original.
La demanda debe incluir:
- Una exposición detallada de los hechos que justifican la modificación.
- Las pruebas que respaldan los cambios sustanciales.
- Una propuesta del nuevo régimen de custodia o visitas.
Participar en el procedimiento judicial
Una vez presentada la demanda, el juez podrá:
- Solicitar informes del equipo psicosocial del juzgado.
- Escuchar al menor, si tiene suficiente madurez y es mayor de 12 años, conforme al artículo 9 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
- Citar a los progenitores para una vista judicial donde ambos podrán argumentar su postura.
Resolución judicial
El juez, tras valorar las pruebas y el interés del menor, dictará una nueva sentencia que confirme, modifique o rechace las medidas solicitadas.
Recomendaciones para afrontar el proceso
- Prioriza el bienestar del menor: El objetivo principal de cualquier medida de custodia es garantizar el interés superior del menor, por lo que las solicitudes deben fundamentarse en cómo los cambios beneficiarán su desarrollo y bienestar.
- Aporta pruebas sólidas: El éxito de una solicitud depende en gran medida de la calidad de las pruebas presentadas. Reúne documentos, informes o testimonios que demuestren el cambio de circunstancias.
- Consulta con un abogado especializado: El asesoramiento profesional no solo garantizará que el procedimiento se realice correctamente, sino que también ayudará a proteger tus derechos y los del menor.
En resumen, la modificación de medidas de custodia es un recurso legal esencial para adaptarse a los cambios que pueden surgir en la vida de los progenitores y del menor. Este proceso está diseñado para garantizar siempre el interés superior del niño, asegurando que las decisiones judiciales respondan a sus necesidades actuales. Contar con pruebas sólidas y con el asesoramiento de un abogado especializado es clave. Si te encuentras en esta situación, prioriza el bienestar del menor y busca orientación profesional para garantizar que el proceso se desarrolle de manera efectiva y en beneficio de todas las partes involucradas.