Casarte con un ciudadano español no garantiza automáticamente el acceso a la nacionalidad. Pero si sabes lo que necesitas y cómo hacerlo, obtener la nacionalidad española por matrimonio puede ser un proceso más sencillo de lo que parece.
¿Cuánto tiempo hay que esperar? ¿Qué documentos hay que presentar? ¿Y qué pasa si me la deniegan? En este artículo encontrarás respuestas claras sobre requisitos, trámites, plazos y errores comunes que podrías evitar desde el primer paso.
Si te interesa iniciar este camino con buen pie —y sin sorpresas—, sigue leyendo.
Lo Que Deberías Saber Antes de Pedir la Nacionalidad por Matrimonio
Sí, se puede obtener la nacionalidad española por matrimonio, pero hay quienes piensan que este vínculo abre una puerta directa y sin condiciones, cuando la realidad es que hay una serie de requisitos, plazos y pruebas que deben cumplirse (y no hacerlo puede acabar retrasando el proceso… o frenándolo por completo).
Otra idea muy extendida es que basta con estar legalmente casados, aunque cada uno viva en un país distinto. Pero la convivencia real y continuada es uno de los factores más importantes en este procedimiento. No se trata solo de demostrar que el matrimonio existe en el papel, sino de que hay un proyecto de vida compartido.
También conviene entender que esta vía no es la única forma de obtener la nacionalidad española, pero sí es una de las que permite hacerlo en menos tiempo. Se exige solo un año de residencia legal en España, frente a los 10 que se piden por regla general. Eso sí, ese año debe cumplirse bajo unas condiciones muy concretas, que veremos más adelante.
Requisitos para Obtener la Nacionalidad Española por Matrimonio
Una vez tienes claro que este trámite no es automático y que exige algo más que el simple vínculo legal, lo siguiente es revisar si realmente cumples con lo que pide la normativa.
Para solicitar la nacionalidad española por esta vía, debes cumplir lo siguiente:
- Estar casado legalmente con una persona de nacionalidad española. El matrimonio debe estar registrado en el Registro Civil Español, y si se celebró en el extranjero, deberá estar debidamente inscrito.
- Residir en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante al menos un año. No sirve haber residido años atrás, ni hacerlo de forma intermitente. Ese año debe ser reciente y sin interrupciones.
- Demostrar una convivencia real con tu cónyuge. No basta con el certificado de matrimonio. Hay que acreditar que vivís juntos, habitualmente con certificados de empadronamiento conjunto.
Además, como ocurre en otras vías, deberás demostrar tu integración en la sociedad española. Aunque esto se abordará más adelante, conviene saber que se valora el conocimiento del idioma, del entorno cultural y que no existan antecedentes penales ni policiales.
En resumen, esta solicitud sólo es viable si la residencia, el vínculo y la convivencia están bien acreditados. Cumplir con los requisitos no garantiza el éxito, pero no cumplirlos lo descarta desde el inicio.
En el siguiente apartado veremos qué documentación necesitas reunir para iniciar correctamente el trámite.
¿Qué Documentación Se Necesita Para Introducir la Solicitud?
Una de las preguntas más habituales al pensar en este trámite es: ¿Qué papeles necesito presentar? Aunque pueda parecer que basta con el certificado de matrimonio, la realidad es que el expediente exige varios documentos que permiten acreditar que realmente se cumplen los requisitos que te mencionamos antes.
En este sentido, deberás aportar, entre otros, los siguientes documentos:
- Modelo oficial de solicitud debidamente cumplimentado. Si lo presenta un profesional colegiado (como un abogado de extranjería en Tenerife Sur), se debe incluir un documento que justifique la representación.
- Certificado de empadronamiento conjunto, que demuestra que has convivido con tu pareja en España durante el tiempo exigido por la Ley (mínimo 1 año).
- Certificado de matrimonio, expedido por el Registro Civil correspondiente y legalizado si se celebró en el extranjero.
- Pasaporte completo en vigor del solicitante.
- Certificado de nacimiento del país de origen del solicitante, traducido al español cuando sea necesario y legalizado.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y el documento equivalente expedido por el Ministerio de Justicia de España.
- Justificante del pago de la tasa administrativa, cuyo importe varía según se actualicen las normativas (en el año en curso este asciende a los 104,05€).
- Documentación que acredite la integración en la sociedad española. En la mayoría de los casos, esto implica superar dos pruebas oficiales realizadas por el Instituto Cervantes:
- Una prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales, centrada en el funcionamiento del Estado, la participación ciudadana, la historia y cultura española.
- Una prueba de idioma equivalente al nivel A2 del DELE, salvo que ya se cuente con un título oficial o se proceda de un país hispanohablante.
Como ves, no se trata solo de demostrar el vínculo matrimonial. Por eso es importante preparar la documentación con cuidado y estar atento a los requisitos que pueda solicitar la administración.
Pasos Para Obtener la Nacionalidad Española por Matrimonio
Una vez tengas claro que cumples los requisitos, llega el momento de iniciar el trámite. Y aquí es donde más dudas suelen surgir. ¿Qué se presenta primero? ¿Dónde? ¿Qué se hace después? Tranquilo/a, porque el proceso está claramente definido, aunque puede variar ligeramente según cada caso.
Estos son los pasos generales para obtener la nacionalidad española por matrimonio:
1. Reunir toda la documentación necesaria. Desde el certificado de matrimonio hasta los antecedentes penales, pasando por pruebas de integración y empadronamiento. Es fundamental que todos los documentos estén en regla, legalizados y traducidos si vienen del extranjero.
2. Presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia o presencialmente ante el Registro Civil que corresponda a tu domicilio.
3. Seguir el estado del expediente desde la plataforma online. Una vez enviada la solicitud, recibirás un número de expediente. A través de él podrás hacer seguimiento del proceso, aunque este suele tardar varios meses.
4. Esperar la resolución y, si es favorable, realizar la juramentación de nacionalidad. Esta es la última etapa: jurar fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución. Se hace ante el Registro Civil correspondiente y suele ser necesario concertar una cita.
No olvides que el proceso puede tener particularidades dependiendo del país de origen, de la situación personal o del tipo de residencia. Por eso, en algunos casos, es recomendable contar con acompañamiento legal que ayude a anticiparse a errores y acelere los tiempos.
¿Cuánto Tarda en Concederse la Nacionalidad por Matrimonio?
Después de presentar la solicitud y dejar todo en manos del Ministerio de Justicia, lo siguiente es esperar. Y aquí es donde muchos empiezan a preguntarse si el proceso va bien, si se habrán olvidado de algo… o si está todo paralizado.
En teoría, el plazo de resolución es de un año desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro. Pero en la práctica, no siempre se cumple y puede dilatarse incluso hasta 2 años. Hay expedientes que se resuelven en menos tiempo y otros que pueden alargarse, especialmente si hay documentos incompletos, errores o saturación administrativa.
En cualquier caso, recuerda que puedes hacer seguimiento del estado de tu expediente de forma online, usando el número asignado al momento de registrar la solicitud.
Ahora bien, si la resolución es favorable, el siguiente paso será realizar el juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes. Este acto, previsto en el artículo 23.a) del Código Civil, debe cumplirse en un plazo máximo de 180 días desde la notificación. El trámite puede hacerse ante el Notario o el Encargado del Registro Civil. Solo a partir de ese momento la nacionalidad española se considera formalmente adquirida.
📌Detalle clave: durante estos seis meses sigue vigente el requisito de buena conducta, así que es importante mantener esa condición hasta el final del procedimiento.
En caso de resolución denegatoria, se puede presentar un recurso de reposición. Tal como recoge el Artículo 14 del Real Decreto 1004/2015, este recurso deberá interponerse dentro de los plazos y formas que establece la normativa general de procedimiento administrativo común.
Finalmente, si tras examinar el expediente y dicho informe procede, se dictará una nueva resolución en respuesta al recurso interpuesto.
Aunque parezca que no se mueve nada, el expediente sigue su curso. Eso sí: cuanto más ordenada y completa esté la documentación desde el inicio, menos posibilidades habrá de retrasos innecesarios. Por ello, es clave contar con el apoyo de un abogado especializado en trámites de extranjería.
Si necesitas asesoría o representación para llevar a cabo este proceso ¡Contáctanos!
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